Inviolable la libertad de difusión de opiniones


Ciudad de México.— La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho humano a la libertad de expresión.

“Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.

Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.

El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios”.

“Artículo 7o. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.

Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución”.

El derecho de libertad de expresión tiene sus límites: se abusa de la libertad de expresión cuando se falla a la verdad, cuando se difunde la mentira, cuando se va en contra del bien común y de la convivencia justa y justa paz.

Considerar el derecho de libertad de expresión como un derecho absoluto o casi absoluto, sin límites, es un error, y es origen de muchos dolores y sufrimientos que es necesario evitar.

El derecho de libertad de expresión no puede implicar el derecho de ofender a las personas, ni los sentimientos religiosos de los creyentes. Frente Nacional por la Familia. Minuto de formación L# 54

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