La Ideología de Género, confunde y discriminan los derechos de las mujeres
Si dices defender y respetar los derechos de todos, entonces se, congruente y justos, para que haya inclusión, pero sin confusión, ni imposición y sin invadir los derechos de terceros.
Una cosa es respetar a todos para nadie sea discriminado por ningún motivo y otra muy distinta que la sociedad tenga que pensar o actuar según la visión de cierto grupo particular, hay una gran diferencia, a lo que propone el lobby de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trasvestis, Transexuales, Transgeneros, Hipersexuales, Queers, (LGBTTTIQ+).
Por desgracia la ideología de género pasó de pedir tolerancia e inclusión a imponer sus ideas, según algunos ejemplos concretos. ¿Te has puesto a pensar si en realidad es “inclusión” que los hombres se sientan mujeres al ocupar los espacios que le corresponden a las mujeres?, ¿qué pensarías si un hombre que se siente mujer es admitido en una competencia deportiva femenil, solo por el hecho de que así se percibe, pasando por alto su biología y las diferencias que tiene en su anatomía y fuerza, con respecto a quienes nacieron mujeres? ¿Será justa esa competencia? ¿Será “inclusión” que una mujer sea herida por un hombre que se siente mujer en una pelea de box femenil? Valdría la pena reflexionar si todas estas situaciones no serán discriminación en contra de la mujer por una inclusión mal entendida. Una cosa es aceptar a una persona sea cual sea su preferencia sexual, y otra muy distinta es forzar a que las diferencias biológicas se consideren como “iguales” en nombre de la inclusión.
Un caso que evidencia esta incoherencia de someter a las mujeres biológicas a ser tratadas igual que a hombres que se perciben como mujeres, es el de Rachel McKinnon, un hombre canadiense que se siente mujer, lo que hoy se denomina “mujer transgénero”. Participó en el Campeonato del Mundo Masters de ciclismo y obtuvo el primer lugar. Este hecho causó mucha polémica: hay mujeres deportistas que piden que no se incluya a atletas como McKinnon en las competencias femeniles porque el hecho de haber nacido biológicamente como hombres les hacer tener ventaja sobre las competidoras que nacieron mujeres. McKinnon señaló que es una “violación de los derechos humanos” no dejarlo participar en competencias femeninas. La cuestión es que si McKinnon pensó en los derechos humanos de sus compañeras competidoras, que biológicamente son mujeres por haber nacido así.
Si un hombre o una mujer que se somete a tratamientos de “cambio de sexo” no deja de ser hombre o mujer, si analizas sus células veraz que sigue siendo hombre o mujer. Por otro lado, en cuanto la constitución física, es evidente que la fuerza física del hombre tiende a ser mayor que la de la mujer, por lo que, aceptar a hombres que se sienten mujeres en las competencias de deportes femeninos resulta una competencia injusta. Lo justo sería crear categorías deportivas para las personas “trans”.
Otro caso difundido ampliamente fue el de –un hombre que se siente mujer– que representó a España en el concurso de Miss Universo 2018. Algunos comentarios exponían que era un logro para la aceptación de la diversidad el permitir a una “mujer transgénero” participar en este tipo de concursos. Tras Cuestionarse si esto no será más bien una invasión por parte de hombres de los espacios que pertenecen a las mujeres. Toma un poco de distancia y piensa: Miss Universo es un concurso que se supone fue pensado para resaltar la belleza femenina. ¿Es congruente que se permita la participación de un hombre en ese tipo de certámenes? Si lo que se quiere es que haya inclusión, nuevamente, podría hacerse uno exclusivamente para hombres “trans”. Esto no sería discriminación, sino una competencia coherente y justa.
Hay un debate sobre si los hombres que se perciben mujeres no estarán ocupando los espacios destinados a las mujeres en diferentes ámbitos. Si se contextualiza este debate en la cultura actual se podría argumentar que esta situación es una discriminación hacia la mujer. Incluso podría usarse el mismo lenguaje empleado por la ideología de género y diría que los casos ya expuestos son una discriminación en contra de las “mujeres cisgénero” (este término es usado por la ideología de género para referirse a las personas, en este caso mujeres, cuya identidad y expresión de género coincide con su sexo biológico). Esto quiere decir que las mujeres que son mujeres por su naturaleza y biología, y que están de acuerdo con su feminidad, sufren de opresión por las que se llaman «mujeres transgénero», es decir, hombres biológicos que se sienten mujeres. ¿Por qué las mujeres cisgénero deberían ser ignoradas en sus derechos?
En este orden de ideas, la justicia de Reino Unido implementó acciones para proteger los espacios de las mujeres. Concretamente, se creó una zona carcelaria para “mujeres transgénero” para no mezclarlas con las mujeres cisgénero o que biológicamente son mujeres. Esta decisión resultó del caso de un hombre que se hace llamar Karen White, quien se identifica como una mujer transgénero, razón por la que fue puesto en la cárcel de mujeres para cumplir una condena. Al parecer, las autoridades no tomaron en consideración que este hombre había sido sentenciado en otras ocasiones por delitos de pedofilia, violación y asalto a mujeres. Estando en la cárcel, White abusó de dos mujeres por lo que se decidió que cumpliera su condena en una cárcel para hombres. El juez de su causa lo consideró como un violador “depredador y controlador” y “un peligro para las mujeres y los niños”.
Lo anterior lleva a reflexionar en las diferencias biológicas entre hombres y mujeres, no pueden borrar o negar solo porque las personas se sientan de un sexo diferente con el que nacieron. En los casos expuestos el resultado de ignorar estas diferencias fue que las mujeres sufrieron discriminación, injusticias y daños a su integridad y seguridad. ConParticipación. https://vocesciudadanasquintanaroo.blogspot.com/, whatsapp 998 238 3591
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